DF Constitucional

Convención: comisión aprueba insistir en el pluralismo jurídico y el Pleno resolverá el futuro de la norma

En la comisión de Sistemas de Justicia la norma -con ajustes- logró nuevamente ser aprobada por 14 votos a favor y 5 en contra. También serán vistas por el Pleno insistencias sobre función jurisdiccional y de inamovilidad de los jueces y juezas.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Miércoles 23 de febrero de 2022 a las 11:48 hrs.
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Por 15 votos a favor y 4 en contra, la comisión de Sistemas de Justicia de la Convención Constitucional aprobó una indicación que insiste en el establecimiento de tribunales indígenas. Por lo tanto, la norma deberá ser sometida nuevamente a deliberación en el Pleno donde ya fue rechazada en primera instancia por no alcanzar los 103 votos (quórum de 2/3), logrando en esa oportunidad 93 respaldos.

En esta jornada se aprobó la indicación de diversos convencionales como Mauricio Daza, Tomás Laibe, Christian Viera, y Natividad Llanquileo, que retoma la idea de los tribunales para los pueblos originarios con una nueva redacción a la propuesta originalmente rechazada por el pleno.

Se establece como pluralismo jurídico que el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas, "los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia".

Y agrega que "estos deberán respetar los derechos fundamentales que establece esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte. La ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales."

La convencional Llanquileo defendió la norma señalando que tiene correcciones porque "nos hacemos cargo de los estándares de derechos humanos internacionales, también sobre plurinacionalidad y que la ley determinará los mecanismos de cooperación y resolución de conflictos entre ambos sistemas". Llamó a respaldar la norma en el Pleno debido a que "existe en muchos países el reconocimiento de sistemas jurídicos de pueblos indígenas, la plurinacionalidad se debe materializar".

En contraposición, el convencional RN, Ruggero Cozzi, sostuvo que "voto en contra, porque no es cierto que se corrijan los problemas que tenía el artículo original, no se hace cargo de que la justicia indígena se va a aplicar a los no indígenas; ese punto sigue abierto al igual que la libertad de elección a cuál sistema quiere cada persona ser sometido".

Función jurisdiccional

También se aprobó en la comisión durante esta jornada la insistencia sobre otra norma que había sido rechazada por el pleno: la función jurisdiccional. Se aprobó que "la jurisdicción es una función pública que se ejerce en nombre de los pueblos y que consiste en conocer y juzgar, por medio de un debido proceso los conflictos de relevancia jurídica y hacer ejecutar lo resuelto, de conformidad a la Constitución y las leyes, así como los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte".

Se agrega que "se ejerce exclusivamente por los tribunales de justicia y las autoridades de los pueblos indígenas reconocidos por la Constitución o las leyes dictadas conforme a ella. Al ejercer la jurisdicción se debe velar por la tutela y promoción de los derechos humanos y de la naturaleza, del sistema democrático y el principio de juridicidad."

También se aprobó y deberá ser objeto de análisis por el Pleno un artículo relativo a la inamovilidad de los jueces. Se establece que "las juezas y jueces son inamovibles. No pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes".

En desarrollo...

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